El Consejo de Ministros del pasado 9 de junio ha aprobado el REAL DECRETO por el que se incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva 2013/55/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de noviembre de 2013, por la que se modifica la Directiva 2005/36/CE relativa al reconocimiento de cualificaciones profesionales y el Reglamento (UE) n.º 1024/2012 relativo a la cooperación administrativa a través del Sistema de Información del Mercado Interior (Reglamento IMI).

Con este Real Decreto se facilita la posibilidad de moverse, establecerse o ir temporalmente a ejercer una profesión a determinados países europeos. Ahora, esta nueva regulación tiene como objeto reforzar el mercado interior y la libre circulación de profesionales mediante un reconocimiento más eficaz y transparente de las cualificaciones profesionales; ganar eficiencia económica y operativa con el fin de beneficiar a profesionales y autoridades competentes; y aligerar las cargas administrativas vinculadas al reconocimiento de las cualificaciones profesionales.

El Gobierno ha manifiestado que va a poner en marcha una serie de medias que vienen recogidas en el Real Decreto, que recuerda que el ámbito de aplicación comprende a los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea (y del Espacio Económico Europeo) que pretenden ejercer, por cuenta propia o ajena, una profesión regulada en España.

Entre otras medidas, se menciona la puesta en marcha de la Tarjeta Profesional Europea (TPE), como alternativa a los tradicionales procedimientos de reconocimiento, ya sean los de reconocimiento automático derivado de la armonización (antiguas directivas sectoriales que afectan fundamentalmente al ámbito de la salud), o ya sean los basados en la comparación de las formaciones a través del denominado “sistema general de reconocimiento”.

Se trata de una nueva herramienta creada por la Comisión para facilitar la eliminación de barreras y, en definitiva, propiciar una simplificación de los mecanismos de reconocimiento para favorecer la movilidad de asalariados y profesionales. De este modo el que opte por el procedimiento de la TPE, más simplificado y ágil, habrá de renunciar a instar cualquiera de los otros procedimientos de reconocimiento.

Ver nota de prensa Ministerio de Educación.

Ver Real Decreto en el BOE.

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